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Domingo, 3 de Mayo de 2026

¿Se pueden embargar las pensiones del IMSS? Esto dice la SCJN

La SCJN determinó que las pensiones del IMSS solo pueden embargarse en casos de pensión alimenticia y hasta un 50% del monto mensual
Viernes, 26 de Septiembre de 2025 14:50
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Xóchitl Montero

Las pensiones del IMSS están protegidas por ley y no pueden ser utilizadas para cubrir deudas bancarias, créditos comerciales o préstamos personales. Sin embargo, un reciente criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró que existe una excepción en la que sí puede aplicarse un embargo parcial sobre estas prestaciones.

De acuerdo con el fallo, tanto bajo la Ley 73 como la Ley 97 del Seguro Social, se permite el embargo únicamente cuando se trata del cumplimiento de una pensión alimenticia y el deudor carece de empleo u otros bienes embargables.

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En estos casos, el padre o madre con la custodia del menor puede solicitar al tribunal que ordene la retención de un porcentaje de la pensión del trabajador jubilado. Una vez emitida la resolución judicial, se procede al descuento que, por disposición legal, no puede rebasar el 50% del monto mensual.

Fuera de este escenario, las pensiones son inembargables. La ley protege estos ingresos como sustento del pensionado y de su familia, garantizando que no puedan destinarse al pago de deudas financieras o comerciales.

 

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