Hay una preocupación que empieza a crecer en el país, el bloqueo de cuentas por la Unidad de Inteligencia Financiera, avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo sin orden judicial previa.
La medida genera riesgos como la posible discrecionalidad gubernamental, inseguridad jurídica para inversionistas, y la parálisis operativa de empresas, afectando pagos de nómina y proveedores.
Se teme que la facultad administrativa sea utilizada sin un rigor técnico estricto, afectando a personas o empresas sin pruebas sólidas. Incluye a personas físicas o morales en la Lista de Personas Bloqueadas de la UIF, genera un daño a su prestigio inminente y aumenta la fiscalización por parte del SAT.
El congelamiento inmediato puede detener la operación de negocios, impidiendo el pago de nóminas, proveedores o créditos.
Aunque el comunicado de la SCJN garantiza el derecho de audiencia, los procesos para desbloquear cuentas pueden tomar meses o años. Expertos señalan que esta medida podría mermar la confianza de inversionistas, aumentando la percepción de riesgo en México.
La medida es considerada por el prevenciondelavado.com como un mecanismo de "cero impunidades", pero su aplicación pone en tensión los derechos humanos y de seguridad jurídica.
Resulta que la resolución de la Corte permite a la UIF bloquear cuentas bancarias consideradas sospechosas de operaciones ilícitas, lo que preocupa sobre un posible uso discrecional del mecanismo por parte del gobierno.
Si la UIF considera que existe lavado de dinero, buscará bloquear las cuentas bancarias de la persona o empresa involucrada sin previo aviso, con el fin de frenar operaciones ilegales en tiempo real. Esta decisión, se justifica con los compromisos que firmó México en meses recientes con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Resulta violatorio al principio de inocencia, al derecho a la defensa, al derecho de saber qué se la acusa, al principio de contradicción.
Aunque la Corte determinó que las personas se pueden defender de ese bloqueo de cuentas, los expertos destacan que estos procesos aclaratorios pueden tomar desde meses hasta años.
La UIF debe respetar los plazos fijos y definidos para que las personas afectadas puedan defenderse: 5 días hábiles a los interesados para solicitar una audiencia tras ser notificados, 10 días para presentar pruebas y alegatos, y debe emitirse una resolución en un máximo de 15 días.
El año pasado, el sistema financiero en México se sacudió cuando el Departamento del Tesoro señaló a tres instituciones financieras por presunto lavado de dinero y financiamiento a organizaciones del narcotráfico.
Los señalamientos derivaron en el cierre de operaciones de dos bancos y una casa de Bolsa.
Tras ese episodio, México firmó acuerdos con el gobierno de Estados Unidos para fortalecer los trabajos de prevención de lavado de dinero y esta medida es la que busca poner solución.
Es importante que la UIF revisará a detalle las actividades vulnerables que incluyen a las compañías automotrices, inmobiliarias, joyerías, casas de cambio, bancos, casas de juegos y apuestas.
Preocupa la resolución de la Corte que autoriza a la UIF a bloquear cuentas bancarias consideradas sospechosas de operaciones ilícitas, el uso discrecional del mecanismo por parte del gobierno, propicio temor, inseguridad jurídica para los inversionistas y en el corto plazo obliga a los empresarios, de cualquier ramo, a frenar sus proyectos de nuevas empresas.
Hay incertidumbre.
De las anécdotas que se cuentanLa Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió diversos asuntos relevantes en materia de privacidad digital, derecho penal y justicia civil, durante su sesión del 8 de abril de pasado.
En uno de los casos, determinó que el fraude conocido como SIM, swapping, constituye un ilícito grave que vulnera la privacidad, los datos personales y la seguridad patrimonial.
El caso derivó de una usuaria en la Ciudad de México cuya línea telefónica fue entregada a un tercero por negligencia de la compañía, lo que permitió el acceso a sus cuentas digitales y la difusión de contenido íntimo.
La Corte concluyó que la empresa incurrió en responsabilidad civil por no cumplir con los estándares de verificación necesarios al reponer la tarjeta SIM, y ordenó fijar una indemnización por daño moral. Estableció que las compañías telefónicas deben aplicar medidas estrictas de identificación y seguridad, y juzgar estos casos con perspectiva de género, evitando la revictimización.
En otro asunto, el Pleno validó el delito de peculado previsto en el Código Penal de Colima, al considerar que está claramente definido. Sin embargo, invalidó su carácter imprescriptible, al señalar que esta figura debe reservarse únicamente para delitos graves contra la humanidad.
La SCJN confirmó que en juicios civiles solo se puede ampliar la demanda una vez, con el fin de evitar procesos interminables y garantizar una justicia pronta.
Con estas resoluciones, la SCJN refuerza la protección de derechos como la privacidad, la imparcialidad judicial y el acceso efectivo a la justicia en México.
Aunque con el bloqueo de cuentas por la Unidad de Inteligencia Financiera, avalado para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo sin orden judicial previa genera riesgos y temor entre personas físicas y morales.
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